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ISA impugna la oferta de empleo extraordinaria en la Junta por “fraude de ley” y pide su suspensión

Critica que se saquen estas convocatorias cuando se está tramitando una Iniciativa Legislativa Popular en el Parlamento 

Asegura que por las características de las pruebas se impedirá que muchos interinos aprueben

Iniciativa Sindical Andaluza (ISA) ha impugnado ante la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior las bases y el baremo de las ofertas de empleo extraordinarias que ha convocado la Junta y ha pedido su suspensión cautelar, ya que a su juicio se da un “fraude de ley” al no abordar la estabilización de los funcionarios interinos, que debía ser su
objetivo, sino que simplemente se ha planteado una oposición convencional.

En su recurso de reposición, ISA critica que se saquen estas convocatorias
cuando se está tramitando una Iniciativa Legislativa Popular en el Parlamento de Andalucía para que se realice un concurso exclusivamente de méritos para este colectivo, con lo que el Gobierno andaluz se estaría “saltando y ninguneando al legislativo”. Además, está a punto de pronunciarse el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación a los interinos, una sentencia a la que también se debería esperar.

Desde la organización sindical se recuerda que los ayuntamientos de Granada, Sevilla, y la Diputación de Sevilla han paralizado las pruebas hasta que se pronuncie el TJUE, por lo que reclaman que la Junta “siga sus pasos” y bloquee los exámenes.

El escrito recalca que la prueba convocada “no es realmente un procedimiento dirigido a consolidar el empleo temporal de la Administración general de la Junta de Andalucía, sino que se trata de un concurso-oposición convencional” hasta el punto de que tiene contenidos “idénticos a los del proceso de acceso por simple oposición” convocado en paralelo para la misma fecha para cubrir la tasa de reposición de 2017 y 2018.

Por tanto, con esta convocatoria el Gobierno andaluz no estaría tratando de
dar una solución a los funcionarios interinos que llevan trabajando hasta 30 años en la Administración autonómica. Antes al contrario, se considera que las características de las pruebas, con tres exámenes eliminatorios sucesivos, “impedirán realmente que se consolide el empleo temporal” del que ha abusado la Junta durante años.

En este sentido, se señala que el perfil de quien aprueba una oposición
convencional es el de una persona joven que dedica todo su tiempo a la
preparación del examen, mientras que el interino tiene que compatibilizar el estudio con trabajo y familia, a lo que se añade el condicionante de la edad, dado que este colectivo tiene una media de 50 años. Por ello, consideran que se podrían haber modulado el número y clase de ejercicios así como el temario.

Desde Iniciativa Sindical Andaluza se subrayan las dificultades que por su edad tendrían que afrontar estas personas en el mercado laboral si se las cesa, cuando han estado prestando servicios a la Administración durante años en situación precaria y de fraude de ley por abuso de la contratación temporal, algo de lo que es responsable la Junta, no el trabajador.

Para ISA, las OPE extraordinarias convocadas son una “manifestación más del abuso de la Administración autonómica, que lesiona los derechos y legítimas expectativas del personal temporal”, por lo que reclama que se anulen.
Asimismo, advierte que los ceses de estas personas supondrán la apertura de numerosísimos procesos judiciales.
ISA también esgrime el escrito de la abogada del TJUE previo a la sentencia
que se ha hecho público en octubre y donde se asegura que ante el abuso de la contratación temporal “no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija -derivado de la
superación del proceso selectivo por la persona que haya sufrido el uso
abusivo de tales nombramientos sucesivos- sea imprevisible e incierto y la
normativa nacional pertinente no establezca ninguna otra medida
sancionadora”.
Por tanto, esta convocatoria constituye un fraude de ley porque su finalidad debe ser “la reducción de la temporalidad mediante la consolidación, y no mediante otro medio”.

Por lo que respecta a la prueba en sí, el sindicato andaluz denuncia asimismo que la fase de valoración de méritos sólo tiene un peso del 33% cuando éste debería haberse elevado hasta el 40%, y critica que se puntúen por igual los servicios prestados en la Junta que en cualquier otra administración, cuando se podrían haber primado los años trabajados en la Administración autonómica, algo que admite el Tribunal Constitucional cuando se trata de procesos de estabilización de empleo.

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