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ISA Informa sobre el concurso en la Administración de Justicia

La Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal ha convocado concurso de traslados en la Administración de Justicia mediante Resolución de 20 de mayo de 2015, por la que se convocan a concurso de traslado plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Sobre esta convocatoria el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ha emitido una información para desorientar al personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, en la que se afirma que en el citado concurso no se valoran los servicios previos al nombramiento como funcionario de carrera.

El SAF aprovecha que LA ADMINISTRACIÓN, en las bases de la convocatoria donde se establece que en la valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se hará de acuerdo con el baremo establecido para valorar la antigüedad (art. 48.1.a) del R.D. 1451/2005, de 7 de diciembre) INCLUYE POR SU CUENTA que se valorarán los servicios efectivamente prestados como FUNCIONARIO DE CARRERA.

Esta inclusión de dos palabras incumple lo estipulado en el mencionado R.D. 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, cuyo Art. 48.1.a indica claramente:

“Artículo 48 Méritos

1. La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se hará de la forma siguiente:

a) Antigüedad: por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgarán dos puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores por meses, o en su caso, por días.”

Ante ello, ISA emprenderá acciones judiciales en el sentido de recurrir la citada Resolución de convocatoria solicitando que se rectifiquen las bases, en lo relativo a la antigüedad puesto que es contraria al R.D. 1451/2005, de 7 de diciembre y a la Directiva 1999/70.

Máxime teniendo en cuenta que la Comisión Europea ha iniciado el Proyecto Piloto 5241/13‐EMPL sobre igualdad de trato en los procedimientos de selección de personal en el sector público español, al comprobar que en Andalucía la diferencia de trato entre el personal permanente y temporal no es compatible con la Directiva 1999/70/CE. Y para ello ha enviado al Estado Español una carta de Emplazamiento‐Sanción por dicho incumplimiento.

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