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Nota Informativa: Anticipos Reintegrables de nómina 2020

En el BOJA número 223, del día 18 de noviembre de 2020, se ha publicado la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública por la que se hacen públicos los listados definitivos de personas beneficiarias y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables correspondiente al ejercicio 2020.
Los listados están expuestos en la Web del empleado público, “Trámites laborales”, “Acción social”, “Anticipos reintegrables”.

En el listado de personas beneficiarias se indica el importe del anticipo concedido así como el plazo de amortización aprobado para cada perceptor. En el de personas excluidas, se indica la causa de exclusión que puede consultarse en el documento que se publica junto con los listados.

Los anticipos concedidos se abonarán en nómina y se empezarán a descontar a partir del mes siguiente al de su abono.

Para determinar las personas beneficiarias, se han ordenado las solicitudes de mayor a menor antigüedad, computada a 31 de diciembre de 2019, conforme establece el artículo 12.1 de la Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con el párrafo segundo, punto 2, de la disposición adicional decimosexta de la ley de presupuestos para este ejercicio que dispone que la distribución del presupuesto se hará entre las personas solicitantes en condiciones de igualdad, independientemente del colectivo al que se encuentren adscritas.

Las solicitudes, ordenadas por antigüedad en el servicio en la Administración, se han adjudicado hasta agotar el presupuesto disponible para esta convocatoria.

La antigüedad de la última persona adjudicataria es de 31 años y 2 meses.

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