Por orden de la Presidencia se nos convoca a la reunión ordinaria de la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía, que tuvo lugar el 9 de mayo, con el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
- Lectura y aprobación del acta 7/2016, correspondiente a la sesión de 23 de diciembre de 2016.
Se aprueba.
- Convocatorias de pruebas selectivas, por el sistema de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opciones: Farmacia (A1.2008), Arquitectura Superior (A1.2001), Ingeniería Agrónoma (A1.2002), Ciencias del Medio Natural y Calidad Ambiental (A1.2029); y en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ingeniería Técnica Forestal (A2.2006)
- Convocatorias de pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opciones: Arquitectura Superior (A1.2001), Ingeniería Agrónoma (A1.2002), Veterinaria (A1.2012); y en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio opción Ingeniería Técnica Agrícola (A2.2002)
- Convocatorias de pruebas selectivas, por el sistema de promoción interna, en aplicación de la Disposición Transitoria Segunda del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, para ingreso en los siguientes Cuerpos y especialidades: Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales (A1.1100); Cuerpo de Gestión Administrativa, especialidad Administración General (A2.1100); Cuerpo Superior Facultativo opción Veterinaria (A1.2012); y Cuerpo de Auxiliares Administrativos (C2.1000)
- Convocatoria de pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía para personas con discapacidad intelectual (C2.1000)
Se agrupan en un solo punto desde el 2 al 5
En primer lugar mostramos nuestro desacuerdo con el sistema de oposición libre, porque consideramos más adecuado el sistema de concurso-oposición. El sistema de oposición libre es un desperdicio del potencial humano, al no tenerse en cuenta a un personal que ha sido formado y con experiencia laboral, por lo que siempre reivindicamos el sistema de concurso-oposición, sistema preferente en el Decreto 2/2002 y, además, regulado por la misma Ley que regula la oposición libre. Si en Educación o Sanidad se utiliza el concurso oposición, siendo Administraciones amparadas por los mismos derechos fundamentales constitucionales, parece que el argumento de que la oposición libre selecciona a “los mejores” no es lo más acertado, ya que es un agravio para esta Administración General.
No compartimos el cambio producido en el segundo y tercer ejercicio, es decir, la reducción de los temas a elegir, que pasan de tres a dos, teniendo la persona opositora una oportunidad menos de elección.
Consideramos que el segundo ejercicio de análisis de un supuesto o preparación de un informe se presta a una corrección subjetiva de los miembros de cada Comisión de Selección.
En cuanto a las tasas de examen, esta Organización Sindical pidió en la intervención en la comparecencia parlamentaria de los Presupuestos de 2017 que estuvieran exentas, tanto las personas desempleadas, las personas interinas, como las que se presentaran a la promoción interna.
También solicitamos se establezca una nota de corte en las bases de PI, y que los cambios que afecten a dicha nota no sea para dejar desiertas las plazas convocadas.
En cuanto a las pruebas para personas con discapacidad intelectual, solicitamos un aumento del tiempo de examen.
Reiteramos la necesidad de que se establezca una información directa e inmediata con las Comisiones de Selección de los distintos Cuerpos, a través de un correo electrónico, para poder transmitirla a las personas opositoras.