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Colectivo prioritario Decreto-Ley 12/2022

De acuerdo con el Decreto-Ley 12/2022, de 29 de noviembre, indica en su Art. 9:

“ Establecimiento con carácter temporal de un colectivo prioritario en los procedimientos de selección de personal funcionario interino en la Administración General de la Junta de Andalucía. “


Punto 2. El personal que conformará este colectivo será ordenado en función de todo el tiempo de trabajo desarrollado en el cuerpo, especialidad, opción o subopción para la realización de cuyas funciones se efectuó su último nombramiento como personal funcionario interino.


La incorporación a este colectivo en cada cuerpo, especialidad, opción o subopción se realizará de oficio por el centro directivo competente en materia de Función Pública, en el plazo máximo de un mes desde su cese.


Además recoge:


• Si alguna persona no quisiera formar parte de este colectivo o prestar servicio en todas las provincias que conforman la Comunidad Autónoma de Andalucía, deberá comunicarlo en el plazo máximo de cinco días hábiles tras el cese, mediante escrito dirigido al centro directivo competente en materia de Función Pública, especificando, en su caso, la provincia o provincias concretas en las que desearía prestar servicios. Quedarán excluidos quienes cesen como consecuencia de su renuncia voluntaria al puesto de trabajo.


✓ En el caso de las personas que hayan sido cesadas antes de la entrada en vigor de este DL, tendrán cinco días hábiles cuando se produzca el primer llamamiento de su cuerpo y especialidad para prestar servicio en otras provincias o no formar parte de este colectivo.


La creación de este colectivo se produce al quedar derogado el anterior D.L. 5/2013 que regulaba las bolsas de personal interino.

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